Es importante que al leer el REACH, como el Reglamento CLP de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, leerlo hasta el final. Por varios razones principales:
1. Plazos transitorios de aplicación.
2. Para cada Título de ambos Reglamentos, el alcance se modifica.
Por ejemplo:una sustancia puede estar exenta de registro por no producirse o importarse por encima de 1 tonelada al año y en cambio tener que realizar la notificación de clasificación y etiquetado antes del 1 de diciembre de 2010.
No es el único ejemplo, en el proceso o procesos de autorización podemos encontrarnos con diferencias también en el ámbito de aplicación.
Incluso como la autorización y la restricción se semejan en muchos aspectos porque son dos formas distintas de gestionar el riesgo con la misma finalidad proteger la salud y el medio ambiente, la Agencia a realizado una jornada de trabajo con los Estados Miembros y la Comisión donde se vuelve a poner de relevancia que sustancias le aplica una obligación de REACH a cual otras. OJITO. Informe de la jornada Páginas 115 inicio de presentaciones.