Para que las sustancias se puedan beneficiarse de las fases transitorias de resgistro, hay que prerregistrarlas en la Agencia entre el 1 de junio y el 1 de diciembre. (La Agencia ha aclarado por fin que el 1 de diciembre también se puede prerregistrar. Aunque el posible colapso del sistema informático ese día 1 de diciembre, nos recomienda evitar el prerregistro en esa fecha)
En la guía de "Compartir la información", se indican dos posibilidades para la remisión del prerregistro:
- Prerregistro directo en la web REACH IT (On-line pre-registration)
- La remisión de un archivo "xml" que especificará la ECHA en función del artículo 111 del Reglamento REACH.
El formato xml del prerregistro está ya disponible en la página de la Agencia y del IUCLID 5.
Más información en:- Art. 111 (Formats and software for submission of information to the Agency)
- Art. 23 (Specific provisions for phase-in substances)
- Art. 3.20 (Definitions, phase-in substance)
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